Se ^impondrá sanción de suspensión o cancelación de licencia sanitaria de funcionamiento en los siguientes casos y hasta por los siguientes períodos
Cuando, previos los análisis del caso, se encuentren en un establecimiento farmacéutico productos alterados o fraudulentos; en este evento el cierre será temporal, por seis (B) meses. En caso de reincidencia, se ordenará la cancelación definitiva;
Cuando se viole lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 4 de este Decreto, en cuyo caso el cierre será temporal por seis (6) meses. En caso de reincidencia, -el cierre será definitivo.