La Junta de Contribuyentes deberá presentar sus observaciones al proyecto de cuantía total por distribuir y el método de distribución, y al proyecto de distribución de las contribuciones dentro del término de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de traslado del proyecto por la corporación. La Corporación trasladará a la Junta estos proyectos acompañados de la documentación que los sustenten mediante comunicación escrita dirigida a su sede notificando la fecha de iniciación y vencimiento del término señalado.
Si durante este término la Junta de Contribuyentes no se ha pronunciado se entenderán aprobados los respectivos proyectos.