º La visa de servicio especial podrá ser expedida por la Dirección General del Protocolo o por el Jefe de una Misión Diplomática de la República autorizado en forma expresa por la anterior dependencia, a los extranjeros que vengan al país en calidad de expertos, a desarrollar actividades consideradas por el Ministerio de Relaciones Exteriores como esenciales o prioritarias para el desarrollo científico, tecnológico o cultural del país.
Cuando esta visa se expida en el exterior tendrá una vigencia provisional de noventa (90) días.