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Artículo 2081

Del Código Fiscal

Decreto 14 de 1900 · Sobre el modo de proceder cuando los responsables del Erario nacional no rinden cuentas ni otorgan las correspondientes seguridades

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5° Los Magistrados de esta Corte, al actuar en los inicios de que conocen, averiguarán si los Responsables otorgaron lad respectivas seguridades; y en los casos negativos, si hay gloses, iniciarán inmediatamente el juicio sobre responsabilidad civil ó pecuniaria contra los empleados que los posesionaron ú ordenaron que se les posesionara sin dichas seguridades, de conformidad con el artículo 2081 del Código Fiscal. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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