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Artículo 2

Ley 79 de 1923 · Por la cual se dictan varias disposiciones sobre vías y puertos fluviales y sobre apertura de las Bocas de Ceniza

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la misma forma de que habla el Artículo anterior, el Gobierno procederá a llevar a cabo la ejecución de las obras necesarias para facilitar la navegación por el brazo de Mompós, de conformidad con los estudios, planos y proyectos que ha de presentar la Comisión Científica que actualmente estudia el rio Magdalena y sus afluentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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