JurídicoESEN

Artículo 8

Ley 26 de 1945 · Por la cual se provee a la terminación de los Ferrocarriles troncales de Occidente y Oriente, se crea el Fondo Ferroviario Nacional y se dan unas autorizaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez terminada la construcción del Ferrocarril Troncal de Oriente, en el sector Barbosa-Bucaramanga, y si los estudios hechos en el sector Bucaramanga-Fundación lo aconsejare, el Gobierno procederá a la construcción de este último sector invirtiendo anualmente la suma de dos millones de pesos ($2.000.000.00) del Fondo Ferroviario Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 26 de 1945