JurídicoESEN

Artículo 46

Decreto 1088 de 1991 · por el cual se reglamenta el régimen de las instituciones del Subsector Privado del Sector Salud.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los recursos de origen estatal. De conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 10 de 1990 y sus decretos reglamentarios, la inspección y vigilancia de los recursos de las fundaciones o instituciones de utilidad común y asociaciones o corporaciones sin ánimo de lucro, provenientes de la Nación, de las entidades territoriales o sus entidades descentralizadas, será ejercida por la Superintendencia Nacional de Salud en coordinación con las Divisiones de Vigilancia de Instituciones y Profesiones y Dictamen e Intervención del Ministerio de Salud o dependencias que hagan sus veces, y las direcciones seccionales y locales de salud. De los medios de ejercer la vigilancia y control

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1088 de 1991