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Artículo 6

Ley 6 de 1958 · Por la cual se fija la fecha para la reunión de los Concejos Municipales, las asambleas Departamentales, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las partidas anuales para gastos totales de las Contralorías Departamentales no podrán exceder, en ningún caso, y para Departamento, del dos por ciento (2%) de sus respectivos presupuestos.

Quedan modificados los artículos 1o., 2o. y 3o. de la Ley 47 de 1945 ; el primero (1°.) de la Ley 47 de 1946 , y derogados los Decretos legislativos1839 del 1o. de agosto de 1956; el 0126 del 20 de enero de 1954 y los demás que sean contrarios a las disposiciones de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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