JurídicoESEN

Artículo 3

Ley 40 de 1960 · Sobre auxilios por calamidad pública al Municipio de Neiva

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los créditos de que trata el artículo anterior podrán llegar en conjunto hasta quinientos mil pesos ($ 500.000.00), pero cada uno de ellos individualmente no podrá ser superior a veinticinco mil pesos ($ 25.000.00) y tendrán la garantía del Gobierno Nacional, en las condiciones que se determinen en los contratos celebrados entre el mismo Gobierno y el Banco Popular, S. A.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 40 de 1960