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Artículo 1

Ley 145 de 1887 · que concede una recompensa á la viuda é hijas del Teniente Coronel José de Jesús Moreno

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Concédese, por una sola vez, a la señora María del Carmen Carbonell de Moreno, viuda del Teniente-coronel Jose de Jesus Moreno, y a sus hijas las señoritas María de Jesus, Margarita é Inés Moreno, la recompensa de mil doscientos pesos ($ 1,200), que les será pagada íntegramente y en moneda legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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