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Artículo 2

Decreto 554 de 1881 · Por el cual se dispone la reincorporación del Territorio nacional de Bolívar en el estado soberano de Santander

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° El Secretario del Juez nacional de primera instancia, el Agente fiscal, el Prefecto y los Corregidores del Territorio, formarán un inventario de los expedientes, documentos, libros & a de las respectivas oficinas, así como de los útiles y enseres de las mismas, y los entregarán á los empleados ó comisionados que el Gobierno del Estado de Santander nombre con el objeto de recibir el Territorio. Comuníquese al Prefecto del Territorio y al Gobierno Ejecutivo de Santander.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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