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Artículo 13

Si La Derivación Solicitada Se Va A Destinos Para Usos Industriales (Trapiches, Aserríos, Etc

Decreto 1497 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 113 de 1928, en lo referente a la captación, distribución y aprovechamiento de aguas de uso público, para el fomento de las industrias, especialmente de la agricultura

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si la derivación solicitada se va a destinos para usos industriales (trapiches, aserríos, etc.), además de los requisitos que exige este decreto, el interesado deberá presentar un informe de la caída disponible, potencia disponible en la rueda o turbina, en caballos de vapor, potencia efectiva en H. P. Del motor y cálculo de esta potencia en relación con la clase de trabajo industrial a que está destinada.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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