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Artículo 2.2.9.3.7

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidades de las entidades territoriales. Los patrimonios autónomos y los encargos fiduciarios a que hace referencia el presente capítulo no implicarán en ningún caso conmutación de obligaciones pensionales ni su constitución eximirá a las entidades territoriales de las responsabilidades que les incumben en razón de las mismas. (Decreto 810 de 1998, artículo 7°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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