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Artículo 159

Decreto 2699 de 1991 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 159 . A partir de la fecha existirá un Sistema único de Medicina Legal y Ciencias forenses en todo el territorio nacional, el cual será organizado y controlado por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Sin embargo los servicios médico legales departamentales y municipales que funcionan actualmente, continuarán siendo prestados por estas instituciones hasta el 31 de Diciembre de 1992 A partir del 1 de enero de 1993 pasarán con sus recursos humanos, físicos, económicos y financieros al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2699 de 1991