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Artículo 52

Lo Que Quede Después De Hechas Las Deducciones O Apropiaciones Previstas En El Articúlo

Decreto 341 de 1945 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Compañía Nacional de Navegación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Lo que quede después de hechas las deducciones o apropiaciones previstas en el articúlo. anterior, se distribuirá como dividendos entre los accionistas, a prorrata de sus acciones. Pero la suma que se distribuya no podrá ser superior al 6% anual sobre el valor de las acciones.

Parágrafo

Las utilidades que le corresponden al Gobierno Nacional por concepto de dividendos, ingresarán a un fondo especial denominado de Recapitaüzación, con el propósito de suscribir y adquirir para el Estado nuevas acciones a medida que se decreten aumentos de capital. CAPITULO IX Disolución y liquidación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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