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Artículo 1

Decreto 1931 de 1925 · Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en el ferrocarril de Girardot

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Por razón de haberse establecido un tren diario mixto entre la estación de La Mesa, Facatativá y Bogotá, créase el empleo de Conductor de dicho tren, con la misma asignación mensual que tienen los Conductores de trenes de carga, y nómbrase para desempeñarlo al señor Guillermo Duffo V. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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