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Artículo 4

Los Gastos Que Demande El Cumplimiento De Este Decreto Se Considerarán Incluídos En La Partida General Votada Para Esta Clase De Erogaciones Por El Artículo 4° De La Ley 100 De 1923, Dándosele Aplicación Tan Pronto Como Se Haya Obtenido La Apertura De Un Crédito Administrativo Extraordinario, Fundado En Los Preceptos De La Ley Antes Mencionada Y Con Sujeción A Los Trámites De La Ley 34 De 1923

Decreto 656 de 1924 · Por el cual se crean dos comisiones técnicas, en desarrollo de la Ley 100 de 1923

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los gastos que demande el cumplimiento de este Decreto se considerarán incluídos en la partida general votada para esta clase de erogaciones por el artículo 4° de la Ley 100 de 1923, dándosele aplicación tan pronto como se haya obtenido la apertura de un crédito administrativo extraordinario, fundado en los preceptos de la Ley antes mencionada y con sujeción a los trámites de la Ley 34 de 1923. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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