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Artículo 3

Decreto 969 de 1982 · Por el cual se declara 1982 como el año del Baloncesto en Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El Ministerio de Educación Nacional, a través de Coldeportes, adelantará para los fines propuestos, campañas publicitarias e ilustrativas que intereses a la juventud colombiana, no solo en el evento mundial a realizarse, sino también en la practica del baloncesto en cualquier nivel y para todas las edades y sexos que incentiven igualmente, al sector privado a participar decididamente en su organización y apoyo económico y humano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 969 de 1982