° El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de la Subdirección de Servicios y Gestión de Empleo, mediante resolución motivada, autorizará el funcionamiento de las empresas de servicios temporales que cumplan con los requisitos exigidos en la Ley 50 de 1990 y sus reglamentos, para lo cual tendrá un término de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud correspondiente en la dependencia citada.
La solicitud podrá ser radicada en las diferentes dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en el país. Cuando así se hiciere, éstas deberán remitir dentro de las 24 horas siguientes la documentación. En estos eventos se descontará el término de la distancia.