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Artículo 1

Decreto 2843 de 2005 · por el cual se reglamenta el otorgamiento de Crédito Educativopor parte del Fondo Nacional de Ahorro.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De los créditos educativos . El Fondo Nacional de Ahorro podrá otorgar crédito educativo a sus afiliados, directamente o a través de convenios con entidades de derecho público o privado, nacionales o internacionales, de acuerdo con las reglas que se señalan en el presente decreto. Estos créditos estarán dirigidos a fomentar los estudios de pregrado y postgrado, en instituciones de educación superior, estos últimos en Colombia o en el exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2843 de 2005