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Artículo 2

Para El Mejor Y Más Eficiente Logro De Su Objeto Social, El Instituto Nacional De Abastecimientos Será Administrado Con Un Criterio De Servicio Público Pero Con Sujeción A Las Reglas Y Prácticas Acostumbradas Por Los Institutos De Crédito En El Desarrollo De Sus Operaciones Comerciales, Con El Propósito De Obtener Una Razonable Ganancia Sobre Su Capital Y Garantizar Así Su Estabilidad Financiera, Asegurando Al Propio Tiempo A Los Productores Y A Los Consumidores Nacionales Los Beneficios Regulares E Ininterrumpidos Que Se Persiguen Con Su Fundación

Decreto 315 de 1945 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Abastecimientos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para el mejor y más eficiente logro de su objeto social, el Instituto Nacional de Abastecimientos será administrado con un criterio de servicio público pero con sujeción a las reglas y prácticas acostumbradas por los institutos de crédito en el desarrollo de sus operaciones comerciales, con el propósito de obtener una razonable ganancia sobre su capital y garantizar así su estabilidad financiera, asegurando al propio tiempo a los productores y a los consumidores nacionales los beneficios regulares e ininterrumpidos que se persiguen con su fundación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 315 de 1945