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Artículo 2

Ley 75 de 1944 · Por la cual se nacionaliza el Instituto Técnico de Santander (Cauca)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Técnico cederá a la nación para el funcionamiento del colegio el local que sobre planos aprobados por el Ministerio de Educación Nacional y por el de Trabajo, Higiene y Previsión Social está construyendo en la actualidad, y que la nación debe terminar para que esté en condiciones de prestar los servicios a que se destina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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