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Artículo 67

Régimen De Bienestar Social, Capacitación Y Seguridad Social

Decreto 1843 de 1994 · por el cual se aprueba el Estatuto Interno de la Caja Promotora de Vivienda Militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Régimen de Bienestar Social, Capacitación y Seguridad Social. Al personal de empleados públicos y trabajadores oficiales de la Caja Promotora de Vivienda Militar les serán aplicadas las normas vigentes y demás que aclaren, modifiquen o sustituyan el régimen sobre bienestar, capacitación y seguridad social e inherentes sobre esta materia.

Parágrafo

Autorízase al Gerente General para invertir los recursos del Fondo de Bienestar Social y Cultural de la Empresa en los planes de bienestar social que a continuación se señalan y expedir la reglamentación interna necesaria

1.

Planes recreativas y vacacionales.

2.

Auxilios y préstamos para estudio.

3.

Auxilios y préstamos por calamidad doméstica comprobada.

4.

Otras actividades tendientes al bienestar social y cultural de los empleados y sus familias. CAPITULO XII. Disposiciones finales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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