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Artículo 436

Las Apelaciones De Los Autos Interlocutorios Y Las Consultas Y Apelaciones De Los Sobreseimientos Definitivos Y De Las Cesaciones De Procedimiento, Se Tramitarán, Así: Repartido El Proceso Se Correrá Traslado Al Fiscal Por Dos Días Para Concepto De Fondo Y A Las Demás Partes Por El Término Común De Tres Días, En La Secretaría Para Que Puedan Presentar Sus Alegatos

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las apelaciones de los autos interlocutorios y las consultas y apelaciones de los sobreseimientos definitivos y de las cesaciones de procedimiento, se tramitarán, así: repartido el proceso se correrá traslado al fiscal por dos días para concepto de fondo y a las demás partes por el término común de tres días, en la Secretaría para que puedan presentar sus alegatos. El ponente dispondrá de cinco días más para elaborar el proyecto y la Sala de otros cinco para decidir.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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