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Artículo 35

Decreto 265 de 1988 · Por el cual se reglamenta el Decreto 80 de 1987, en lo relacionado con el servicio público de transporte en vehículos tipo taxi y se deroga el Decreto número 2472 de 1987

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Tarjeta de Operación deberá contener la siguiente información

a)

DATOS DE LA EMPRESA: Razón social, sede, radio de acción, y/o zona de operación.

b)

DATOS DEL VEHÍCULO: Clase, marca, modelo, número de motor, capacidad, placas.

c)

Fecha de vencimiento, numeración consecutiva, firma y sello de la oficina expedidora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 265 de 1988