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Artículo 2

En Lugar Del Impuesto Creado En El Artículo 4º

Ley 30 de 1982 · “por la cual se modifica la Ley 64 de 1967”.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

de la Ley 64 de 1967 , establécese un impuesto con destino al Fondo Vial Nacional, equivalente a trece pesos con cincuenta centavos ($ 13.50) por galón vendido de:

a)

gasolina motor regular,

b)

gasolina motor extra, y

c)

ACPM.

Se exceptúan las gasolinas de aviación y el Diesel Marino.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 30 de 1982