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Artículo 1

Señalase El Departamento De Bolívar Para La Fundación E Instalación De La Estación Experimental Agropecuaria Correspondiente A La Zona Cálida Del País

Decreto 1569 de 1935 · Por el cual se determina el lugar donde debe funcionar la estación experimental de zona caliente

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Señalase el Departamento de Bolívar para la fundación e instalación de la estación experimental agropecuaria correspondiente a la zona cálida del país. Esta estación tendrá por principal objeto el estudio, selección y propagación de las razas nativas, y servirá de centro de experimentación científica y de práctica para los estudios que se hagan en los institutos de agronomía y de veterinaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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