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Artículo 2

Modifícase El Numeral 6

Decreto 1404 de 2006 · por el cual se modifica parcialmente el Programa de Enajenación aprobado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1404 de 2005.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el numeral 6. 1.1 del artículo 6° del Decreto 1404 del 5 de mayo de 2005, el cual quedará así: "6.1.1 Las acciones se ofrecerán a través de oferta pública que tendrá una vigencia mínima de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente a la fecha en que se publique el aviso de oferta. La oferta pública se podrá realizar, según lo determine el Reglamento de Suscripción, a través de la Bolsa de Valores de Colombia, o utilizando cualquier otro mecanismo idóneo que garantice amplia publicidad y libre concurrencia".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1404 de 2006