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Artículo 3.8.2.2

- Aportes Adicionales Voluntarios

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3.8.2.2.- APORTES ADICIONALES VOLUNTARIOS. Sin perjuicio del límite establecido por el artículo anterior para los aportes que el trabajador se obliga a realizar al fondo, en los estatutos de este podrá preverse que los trabajadores pueden realizar aportes adicionales al fondo con base en sus ingresos laborales, de manera voluntaria y ocasional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 653 de 1993