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Artículo 3.3.3.11

- Informacion Financiera Y Comercial

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3.3.3.11.- INFORMACION FINANCIERA Y COMERCIAL. Las sociedades comisionistas de bolsa deberán presentar sus estados financieros y demás información comercial a la Superintendencia de Valores o al organismo que ésta determine, de acuerdo con las instrucciones que al respecto aquélla imparta. La Superintendencia de Valores deberá publicar u ordenar la publicación de los estados financieros e indicadores de las sociedades comisionistas, en los que se muestre la situación de cada una de éstas y la del sector en su conjunto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 653 de 1993