°. De las funciones del Viceministro de Desarrollo Urbano. El Viceministro de Desarrollo Urbano, además de las funciones previstas en el Decreto 2152 de 1992, cumplirá las siguientes funciones
Apoyar y prestar la cooperación técnica a las entidades territoriales en la implementación de los instrumentos y mecanismos de ordenamiento del territorio municipal y distrital.
Planificador, coordinar y promover la Política Nacional Urbana del Plan Nacional de Desarrollo.