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Artículo 11

Decreto 2808 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo 001 del 7 de diciembre de 1994 de la Junta Directiva de la Imprenta Nacional de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quórum. La Junta Directiva podrá reunirse, deliberar y adoptar decisiones válidamente con la presencia y los votos de cinco (5) de sus miembros, entre los cuales deberá estar el del Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado. Las decisiones se adoptarán con el voto favorable de por lo menos cuatro de los miembros presentes.

Parágrafo

Para la toma de las decisiones a que se refieren los numerales 3, 4, 6 y 9 del artículo 9º se requerirá el voto favorable del Ministro de Justicia y del Derecho o su delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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