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Artículo 1

Ley 147 de 1948 · Por el cual se aclara una disposición de la Ley 80 de 1946

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contra las decisiones definitivas que adopte la Junta Directiva del Instituto Nacional de Abastecimiento de Aguas y Fomento Eléctrico, en los casos de liquidación y distribución del impuesto de valorización a que se refieren los artículos 25 y 26 de la Ley 80 de 1946 , procede la acción de revisión de que trata el Título 4, Capítulo 23 de la Ley 167 de 1941 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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