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Artículo 3

La Alteración De Facturas De Compras, Consistentes En Hacer Figurar Víveres Comunes Y Corrientes En Lugar De Licores Y Rancho, Realmente Adquiridos Por Los Ecónomos, Será Considerada Por El Ministerio, Una Vez Comprobada La Falta, Como Motivo De Destitución Inmediata

Decreto 1194 de 1949 · Por el cual se reglamenta el uso de algunos bienes del Estado, dependientes de los establecimientos de educación

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La alteración de facturas de compras, consistentes en hacer figurar víveres comunes y corrientes en lugar de licores y rancho, realmente adquiridos por los ecónomos, será considerada por el Ministerio, una vez comprobada la falta, como motivo de destitución inmediata. En igual sanción incurrirán los rectores y habilitados, si, a sabiendas, visaren o autorizaren tales cuentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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