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Artículo 13

Modifícase El Artículo 323 Del Decreto 2685 De 1999, El Cual Quedará Así: “artículo 323

Decreto 4434 de 2004 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifícase el artículo 323 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así: “Artículo 323. Declaración de Equipaje y Títulos representativos de Dinero-Viajeros. Los viajeros deberán presentar ante la Aduana al momento de su salida del país, las mercancías de que trata el artículo anterior, acompañadas de la Declaración de Equipaje y Títulos representativos de Dinero- Viajeros, donde aparezcan identificadas las mercancías”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4434 de 2004