°. Modifícase el
del artículo 19 del Decreto número 3000 de 2011 el cual quedará así: "Artículo 19. I nventario de procesos judiciales y reclamación del carácter laboral y contractual. (…).
El archivo de procesos y de reclamaciones y sus soportes correspondientes, serán entregados al Ministerio de Minas y Energía debidamente inventariado con una técnica reconocida para tal fin, conjuntamente con una base de datos que permita la identificación adecuada y con estricta observancia de los criterios técnicos establecidos por el Archivo General de la Nación".
Artículo 19 DECRETO 3000 de 2011