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Artículo 2

La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Como Mandataria De La Nación, Está Autorizada Para Prospectar Y Realizar Las Obras De Irrigación, Desecación Y Drenaje En Los Terrenos De Que Trata El Artículo Anterior Y Para Administrar El Sistema De Regadío, Con Los Recursos Y Según Las Modalidades De La Ley 103 De 1958 Y De Este Decreto

Decreto 3378 de 1959 · Por el cual se reglamenta la Ley 103 de 1958 sobre realización de obras de irrigación en el Departamento del Atlántico

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2º. La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, como mandataria de la Nación, está autorizada para prospectar y realizar las obras de irrigación, desecación y drenaje en los terrenos de que trata el artículo anterior y para administrar el sistema de regadío, con los recursos y según las modalidades de la Ley 103 de 1958 y de este Decreto.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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