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Artículo 12

Decreto 2451 de 1986 · Por el cual se reglamentan parcialmente el Código de Comercio (Decreto-ley 410 de 1971) y el Decreto-ley 2324 de 1984, sobre transporte marítimo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PERMISO DE INVERSION EN NAVES. La solicitud de inversión en naves destinadas al transporte marítimo internacional o de cabotaje no será tramitada hasta tanto el solicitante haya obtenido la asignación de la ruta o servicio respectivo, salvo que la presente simultáneamente con la solicitud de ruta o servicio o se indique a qué ruta o servicio ya adjudicado se destinarán.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2451 de 1986