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Artículo 4

º

Decreto 423 de 2005 · por el cual se toman medidas para controlar las exportaciones de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Distribución del cupo de exportaciones . El cupo mencionado en el artículo anterior será asignado anualmente por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, teniendo en cuenta los cupos de exportación autorizados para cada tipo de sustancia y para cada año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 423 de 2005