JurídicoESEN

Artículo 2

Ley 109 de 1959 · Por la cual se auxilia al Municipio de Jericó, del Departamento de Antioquia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La suma de que trata el artículo anterior será incluida en el Presupuesto para la vigencia fiscal de 1960; y en caso de no quedar incluida en dicha vigencia, se incluirá en cualquiera de las vigencias fiscales siguientes.

Parágrafo

El Gobierno Nacional queda ampliamente facultado para abril créditos adicionales y hacer los traslados necesarios dentro de la vigencia fiscal del Ministerio de Educación Nacional, con el fin de dar cumplimiento a la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 109 de 1959