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Artículo 35

La Prenda Agraria Que Se Constituya Para Garantizar Los Préstamos A Que Se Refiere La Ley 5 De 1973, Gozará De Los Privilegios Establecidos Por Las Disposiciones Vigentes Para La Prenda Agraria A Favor De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Especialmente Las Contempladas En La Ley 57 De 1931, Artículo 55; Ley 33 De 1933, Artículo 18; Ley 16 De 1936, Artículo 28, Y Ley 33 De 1971, Artículo 8

Decreto 1562 de 1973 · Reglamentario de la Ley 5ª de 1973 y del artículo 43 de la ley 26 de 1959

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La prenda agraria que se constituya para garantizar los préstamos a que se refiere la Ley 5 de 1973, gozará de los privilegios establecidos por las disposiciones vigentes para la prenda agraria a favor de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, especialmente las contempladas en la Ley 57 de 1931, artículo 55; Ley 33 de 1933, artículo 18; Ley 16 de 1936, artículo 28, y Ley 33 de 1971, artículo 8.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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