º La Comisión estará conformada por las siguientes personas: Dos representantes del Ministro de Hacienda y Crédito Público. Un representante del Ministro de Agricultura. Un representante del Ministro de Desarrollo Económico. Un representante del Gerente del Banco de la República. Un representante del Jefe del Departamento Nacional de Planeación. El Superintendente Bancario o su delegado. El Director del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras o su delegado. Los Asesores y el Secretario de la Junta Monetaria.
Las representaciones a que hace referencia el presente artículo, podrán recaer en personas que no tengan la calidad de funcionarios públicos, en particular los Asesores de los respectivos Despachos.