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Artículo 1

Reconocimiento Como Deuda Pública

Decreto 1738 de 2021 · Por el cual se reconoce como deuda pública y se ordena el pago de las obligaciones que surjan en el Proceso Liquidatorio Administrativo o por vía Judicial de los Contratos de Salud del FOMAG ejecutados durante la vigencia 2012 a 2017 en virtud del artículo 110 de la Ley 2063 de 2020

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconocimiento como deuda pública. Reconózcase como deuda pública las obligaciones de pago originadas en el Proceso Liquidatorio Administrativo o por vía Judicial de los Contratos de Salud del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio ­ FOMAG ejecutados durante la vigencia de 2012 a 2017, en virtud del artículo 110 de la Ley 2063 de 2020, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y TRES PESOS ($274.034.966.143) por concepto de capital e intereses. Este reconocimiento operará exclusivamente para las obligaciones del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG antes indicadas y durante la vigencia fiscal 2021.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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