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Artículo 4.3.1.2

- Sala General

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4.3.1.2.- SALA GENERAL. La Sala General de la Superintendencia de Valores estará integrada por las siguientes personas: - El Ministro de Hacienda y Crédito Público o el Viceministro de Hacienda, cuando así lo disponga el Ministro, quien la presidirá. - El Ministro de Desarrollo Económico o el Viceministro de Desarrollo cuando así lo disponga el Ministro. - El Superintendente Bancario. - El Superintendente de Sociedades. - Un miembro designado por el Presidente de la República. - El Superintendente de Valores, quien tendrá voz pero no voto.

Parágrafo

El miembro que designe el Presidente de la República será persona de especial versión y reconocida experiencia en las actividades económicas, financieras o de producción industrial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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