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Artículo 1

Decreto 729 de 1914 · por el cual se suprimen unas plazas de Agentes de Policía Nacional en una Sección, y se crean en otra.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suprímense cinco plazas de Agentes de Policía de segunda clase en la novena División, que presta servicio en Cúcuta, y créanse dos de primera clase y dos de segunda en la Sección de la Policía de fronteras, del mismo lugar, con las asignaciones señaladas en el Decreto número 41 de 1914. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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