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Artículo 5

Ley 379 de 1997 · por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Estadístico, reconocida por el Ministerio de Educación Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las firmas comerciales destinadas al tratamiento de información estadística que incluye la recolección, procesamiento, análisis y divulgación de los resultados estadísticos, estarán obligados por la presente ley, a contar con la asistencia técnica de un estadístico, con contrato de tiempo total o parcial, según lo establezca el Decreto reglamentario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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