° El Censo se realizará en un lapso de setenta y dos (72) horas hábiles dentro de los horarios regulares de trabajo a partir del día veintinueve (29) de mayo del presente año y se ejecutará simultáneamente en todo el territorio nacional, en las diferentes dependencias de los Ministerio Departamentos Administrativos y Establecimientos Públicos Nacionales.
Durante los quince (15) días anteriores y los quince (15) días posteriores a la fecha de la realización del Censo ningún funcionario podrá hacer uso de vacaciones.
Los funcionarios que se encuentren en el Exterior deberán censarse en el Consulado colombiano más próximo al lugar de su residencia.