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Artículo 37

Decreto 1347 de 1994 · por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones Valledupar Ltda. Teleupar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Liquidación. Disuelta la Sociedad se procederá de inmediato a su liquidación en la forma indicada en la ley. En consecuencia, no podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto y conservará su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios en la liquidación. Hará la liquidación la persona o personas designadas por la Junta General de Socios, o en su defecto, quien desempeñe la Gerencia de la Empresa, previo cumplimiento de las normas legales sobre la materia. Las diferencias que puedan presentarse entre los Socios y la Empresa, o entre sí, por razón de la misma en el período de liquidación, serán sometidas a decisión arbitral, de acuerdo a las normas del Código del Comercio. TITULO VII. REGIMEN JURIDICO DE LOS ACTOS Y CONTRATOS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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