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Artículo 11

Ley 19 de 1964 · Por la cual se crea y organiza el Departamento de La Guajira

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créanse los Círculos Notariales de Ríohacha, Uribia, Maicao, Barrancas, Fonseca, San Juan del Cesar y Villanueva, con jurisdicción en cada uno de dichos Municipios. Asímismo, se crean dos (2) Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y Privados, una en Ríohacha, que comprenderá los Círculos Notariales de Ríohacha, Uribia, Maicao y Barrancas, y otras en San Juan del Cesar, que comprenderá los de San Juan del Cesar, Villanueva y Fonseca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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