º Se perderá el derecho a la Medalla "Al Mérito Postal", por las siguientes causas
Por haber sido condenado a pena corporal o aflictiva por Jueces o Tribunales ordinarios o extraordinarios;
Por dictamen reprobatorio de actos públicos deshonestos o infamantes, que hagan al individuo indigno de poseer la Medalla;
Por usar una insignia de la Medalla en grado superior al que haya conferido;
Por inexactitud comprobada de los hechos y elementos de juicio que sirvieron al Consejo para conferirla, y
Por difamación del país en el Exterior.